§ 5254. Uso inapropiado de puentes elevados y zonas de seguridad

PR Laws tit. 9, § 5254 (2018) (N/A)
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Los puentes peatonales elevados y las zonas de seguridad serán para uso exclusivo de peatones. Ningún conductor podrá hacer uso de: auto ciclos, motonetas, motocicletas o cualquier otro vehículo motorizado en estructuras de puentes elevados que sean de uso peatonal. Todo conductor que haga uso de auto ciclos, motonetas, motocicletas o cualquier otro vehículo motorizado en estructuras públicas de puentes elevados para el uso peatonal será sancionado con una multa de quinientos (500) dólares.

Ningún vehículo será conducido en momento alguno a través o sobre una zona de seguridad.