§ 5024. Expedición de tablillas a personas víctimas y testigos de delito

PR Laws tit. 9, § 5024 (2018) (N/A)
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(a) Certificado de título del vehículo que evidencie que éste le pertenece a la víctima o, si la víctima es menor de edad, el título del vehículo debe estar a nombre de su padre, tutor o custodio legal.

(b) Licencia de conducir o alguna otra identificación con foto de la víctima o, si la víctima es menor de edad, licencia de conducir o alguna otra identificación con foto de su padre, tutor o custodio legal que sea el propietario del vehículo.

(c) Entrega de la tablilla vigente.

(d) Evidencia acreditativa de que la persona que tiene título de propiedad sobre el vehículo, o un menor de edad bajo su custodia legal, ha sido víctima de algún delito sexual, violencia doméstica y/o acecho. A los fines de cumplir con este requisito, bastará con presentar copia de una querella policial, denuncia, orden de protección expedida por un tribunal, sentencia de convicción emitida por un Tribunal, declaración jurada o cualquier otro documento que el Secretario establezca mediante reglamento.