§ 3539. Notificación y publicidad

PR Laws tit. 9, § 3539 (2018) (N/A)
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El Secretario procederá, desde la fecha de aprobación de esta ley hasta el inicio de su vigencia, a notificar a los ciudadanos de las disposiciones de la misma, utilizando para ello los medios de comunicación que estime pertinentes, pero en todo caso publicará en un periódico de circulación general una relación concisa de las principales disposiciones de la ley, describiéndolas en forma resumida.

Además, publicará un folleto informativo que contendrá una relación de todas las disposiciones de este capítulo, aunque podrá resumir brevemente las mismas.