La “Junta Interagencial para Combatir la Apropiación Ilegal de Automóviles”, creada al amparo de las secs. 3201 et seq. de este título, que está compuesta por el Secretario de Transportación y Obras Públicas, el Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor, el Superintendente de la Policía, el Comisionado de Seguros y el Secretario de Justicia, tendrá con respecto a las unidades de equipo pesado, de construcción o agrícola, las mismas funciones, deberes, obligaciones y responsabilidades que con relación a los vehículos de motor les imponen las secs. 3201 et seq. de este título.
Además de los cinco (5) miembros ex officio aquí nombrados, la Junta se compondrá de dos (2) personas adicionales, seleccionadas y nombradas por consenso entre los funcionarios aquí enumerados, las cuales representarán sectores con interés en esta problemática, las cuales no devengarán el pago de emolumentos ni dietas.