§ 3212. Obligaciones—Dueños de vehículos

PR Laws tit. 9, § 3212 (2018) (N/A)
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(1) Informar a la Policía de Puerto Rico:

(a) La apropiación ilegal, robo, pérdida, desaparición, destrucción o exportación de cualquier vehículo de su propiedad. Este informe se hará inmediatamente después que se tenga conocimiento de los hechos utilizando para ello los formularios que preparará y suplirá la Policía de Puerto Rico en coordinación [con el] Departamento de Transportación y Obras Públicas y de no estar disponibles, en original y dos (2) copias, en la manera más adecuada. En tal informe el perjudicado proveerá una descripción detallada del vehículo, incluyendo el número de tablilla, de motor y serie del mismo, así como una relación de las circunstancias que rodearon estos hechos.

(b) La pérdida, desaparición, destrucción, robo, apropiación ilegal o pérdida de tablillas, licencias, certificados o marbetes pertenecientes a cualquier vehículo de su propiedad. Este informe se hará inmediatamente luego de conocidos los hechos.

(2) Entregar al Departamento de Transportación y Obras Públicas las tablillas y licencias y cualquier otro documento que evidencie el título del vehículo cuando se hubiere destruido, robado, apropiado ilegalmente, exportado o vendido como chatarra o en piezas un vehículo de su propiedad o lo hubiese abandonado por inservible.

(3) Notificar a la Policía de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas, a la institución financiera y a la compañía aseguradora, si alguna, la recuperación de cualquier vehículo robado o apropiado ilegalmente. Esta notificación se efectuará en o antes de transcurridos diez (10) días de la recuperación.

(4) Solicitar a la Policía de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas la reinscripción o reidentificación de cualquier vehículo cuando sean necesarias y aplicables según lo dispuesto en este capítulo.

(5) Notificar mediante declaración jurada dentro de los próximos diez (10) días laborables a la Policía de Puerto Rico y al Departamento de Transportación y Obras Públicas, todo cambio o sustitución del motor o transmisión que efectúe en cualquier vehículo de su propiedad.