Es responsabilidad de los dueños de los terrenos adyacentes a la carretera eliminar por su cuenta cualquier riesgo existente dentro de su propiedad que amenace la seguridad de la carretera, excepto aquellos riesgos causados o creados por la naturaleza. En todo caso, si el dueño no eliminare el peligro, el Departamento tiene la autoridad de penetrar en la finca, realizar el trabajo y cobrarle al dueño del terreno los gastos incurridos para subsanar los daños y corregir la situación causada por su negligencia o descuido.