§ 165. Comisión—Autorización para pedir información

PR Laws tit. 8, § 165 (2018) (N/A)
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Se autoriza a la Comisión a solicitar del jefe de cualquier departamento, agencia o instrumentalidad del Estado Libre Asociado, para que suministre aquella información y ayuda que la Comisión estime necesario y se autoriza y ordena a los jefes de tales departamentos, agencias o instrumentalidades que suministre tal ayuda e información libre de costo alguno, a menos que lo prohíba alguna ley efectiva en la fecha en que se ha de ofrecer tal ayuda o información.