§ 126. Reglas

PR Laws tit. 8, § 126 (2018) (N/A)
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El Secretario del Departamento de la Familia promulgará las reglas y reglamentos necesarios para la implantación de este capítulo. Dicha reglamentación establecerá, entre otras cosas, los requisitos razonables de elegibilidad y distribución de fondos, de acuerdo con los parámetros y condiciones establecidos en este capítulo.