El Secretario de Salud nombrará un Superintendente, quien antes de poder tomar posesión de su cargo prestará fianza a favor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico por la suma de cinco mil dólares ($5,000) para garantizar el fiel cumplimiento de su deber, en la forma que disponga el Secretario de Justicia de Puerto Rico, y sujeta a la aprobación del Gobernador. El Secretario de Salud nombrará los profesores y demás empleados, quienes podrán ser depuestos de sus cargos por el mismo Secretario de Salud; Disponiéndose, que dichos profesores deberán tener certificados del Departamento de Educación.