§ 108. Escuela Industrial para Mujeres—Reclusión

PR Laws tit. 8, § 108 (2018) (N/A)
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Al dictarse sentencia condenatoria en casos ordinarios criminales contra cualquier mujer a un término de treinta (30) días o más días en casos de misdemeanors y por cualquier término de prisión en casos de felony, la sentencia ordenará que su reclusión sea en la Escuela Industrial para Mujeres, para el cumplimiento de la misma.