§ 1468. Gerente del Programa Lee y Sueña®: requisitos de nombramiento, deberes y responsabilidades

PR Laws tit. 8, § 1468 (2018) (N/A)
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(a) Se establece como requisito para el nombramiento del gerente del Programa, que éste sea una persona con conocimiento, experiencia y peritaje en el área de niñez en edad temprana.

(b) El gerente tendrá los siguientes deberes y responsabilidades:

(1) Ofrecer asesoramiento sobre la más efectiva administración y utilización del Fondo;

(2) desarrollar actividades de divulgación y promoción entre las entidades gubernamentales y las entidades privadas y público en general sobre el alcance y los procedimientos del Programa; y

(3) cualesquiera otros deberes, funciones, poderes y facultades que el Consejo le delegue para llevar a cabo los objetivos dispuestos en este capítulo.