§ 1432v. Plan para el cernimiento del desarrollo de los niños y niñas

PR Laws tit. 8, § 1432v (2018) (N/A)
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A los fines de identificar lo antes posible los problemas de aprendizaje, las particularidades en el desarrollo o necesidades especiales de los niños y niñas, los establecimientos desarrollarán un plan para el cernimiento del desarrollo de todos los menores a los que prestan servicios. En el plan para el cernimiento se llevarán a cabo los procesos pertinentes para identificar aquellos menores que requieran los referidos que sean necesarios para una evaluación más abarcadora y formal; y apoyar las decisiones de los padres, madres o encargados(as) sobre el desarrollo y aprendizaje del niño o niña concernido.

A esos fines, cada establecimiento cumplimentará u orientará a los padres, madres y/o encargados para que con sus respectivos pediatras les suministren a los menores las pruebas de cernimiento por edad y desarrollo, según establecidas en las “Guías de Servicios Pediátricos Preventivos del Departamento de Salud”.