§ 1293. Remedios adicionales

PR Laws tit. 8, § 1293 (2018) (N/A)
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(a) Los remedios dispuestos por este capítulo son adicionales y no afectan la disponibilidad de remedios al amparo de otra ley, o el reconocimiento de una orden extranjera de pensión alimentaria en virtud de principios de cortesía internacional.

(b) Este capítulo no:

(1) Provee un método exclusivo para establecer o ejecutar una orden de pensión alimentaria al amparo de la ley de Puerto Rico; o

(2) confiere jurisdicción a un tribunal de Puerto Rico en un procedimiento al amparo de este capítulo, para emitir una sentencia o una orden relacionada con la custodia de un menor o con el establecimiento de relaciones paterno o materno filiales.