§ 1191. Informes sobre maltrato institucional y negligencia institucional

PR Laws tit. 8, § 1191 (2018) (N/A)
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Los informes de maltrato institucional y negligencia institucional serán hechos por el Departamento de la Familia. No obstante, el Departamento de Justicia será el organismo gubernamental responsable de realizar la investigación correspondiente cuando el maltrato institucional y la negligencia institucional ocurra o se sospecha que ocurre en una institución que brinde albergue u ofrezca servicios para tratamiento o detención de menores transgresores a tenor con las secs. 2201 et seq. del Título 34.

El Departamento de Justicia establecerá los procedimientos para la investigación de los casos de maltrato institucional y negligencia institucional bajo su atención. Asimismo, dispondrá mecanismos para someter los datos requeridos para la elaboración del Plan Anual Estatal y la actualización de la información ante el Centro Estatal de Protección a Menores sobre la investigación, hallazgos y progreso de cada caso.