§ 1043. Implantación

PR Laws tit. 8, § 1043 (2018) (N/A)
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Será responsabilidad del Departamento de la Familia, en colaboración con el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, la [implantación] y el seguimiento de las disposiciones de este capítulo, por parte de las agencias gubernamentales, las cuales serán identificadas por éstos, encargadas de adiestrar y capacitar a los recipientes de los programas de beneficencia en la Isla.