Se constituye un Comité Ejecutivo compuesto de trece (13) miembros. Los mismos serán miembros permanentes. Constituirá el Comité Ejecutivo: un representante nombrado por el Departamento de Salud, un representante nombrado por el Administrador de la Administración de Rehabilitación Vocacional; un representante nombrado por el Consejo Estatal de Vida Independiente; un representante nombrado por el Secretario del Departamento de la Familia; un representante nombrado por el Director Ejecutivo del Instituto de Deficiencias en el Desarrollo de la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Ciencias Médicas; un representante nombrado por el Director del Programa de Asistencia Tecnológica de la Universidad de Puerto Rico; un representante de la Secretaría Asociada de Educación Especial a cargo del Programa de Transición hacia la vida adulta, nombrado por el Secretario del Departamento de Educación; un representante nombrado por el Procurador de las Personas con Impedimentos; un representante nombrado por el Procurador de las Personas de Edad Avanzada; un representante nombrado por el Procurador del Paciente; y un miembro en representación de la comunidad, un miembro participante de los programas y un miembro que sea familiar de algún participante de ambos programas nombrado en consenso por los demás ocho (8) miembros. Las personas designadas para pertenecer a este Comité Ejecutivo mantendrán su designación hasta tanto sean relevados de sus funciones, en cuyo caso permanecerán en las mismas hasta tanto su sucesor haya tomado posesión de su cargo.
El Instituto de Deficiencias en el Desarrollo, de la Universidad de Puerto Rico dirigirá los trabajos del Comité Ejecutivo. Tendrá el Instituto de Deficiencias en el Desarrollo de la Universidad de Puerto Rico los siguientes deberes como ente director del Comité Ejecutivo: Citará a reuniones al Comité Ejecutivo, identificará y contará los recursos humanos necesarios para desarrollar el Proyecto Demostrativo, facilitará al Comité Ejecutivo sus facilidades físicas, equipo y materiales para lograr las tareas asignadas por este capítulo, informará mensualmente a la Agencia Líder el status del desarrollo del Proyecto, dirigirá los trabajos del Comité Ejecutivo con el fin de lograr el diseño del Proyecto Demostrativo, y fungirá como Asesor de la Agencia Líder en la implantación del Proyecto Demostrativo.