§ 871. Política pública

PR Laws tit. 8, § 871 (2018) (N/A)
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Es política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico velar por los intereses de nuestros ciudadanos con impedimentos. Los residentes de las distintas comunidades del País tienen derecho a estar informados sobre la existencia de gasolineras que provean asistencia al momento de abastecer su automóvil de gasolina. Mediante la creación de un Directorio en Línea, se mantendrá informada a toda la ciudadanía acerca de las gasolineras participantes con su dirección y número telefónico.