Se crea la Junta Asesora para la Protección y Fortalecimiento de la Familia, adscrita al Departamento de la Familia, en adelante denominada “la Junta”.
Se declara como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico fomentar la protección, el fortalecimiento y el desarrollo de las familias puertorriqueñas. Resulta necesario que el Gobierno cuente con un organismo que pueda formular y desarrollar una adecuada política pública integral a favor de la familia puertorriqueña. Se dispone que la Junta es el organismo con la función de asesorar y coordinar la implantación de la política pública para la protección, la estabilidad y desarrollo de todos los tipos de instituciones familiares. Además, la Junta, como parte de la política pública, debe fortalecer la unidad de estas familias, promover la autonomía económica y social de la familia puertorriqueña. Por tal razón, toda acción gubernamental que pueda tener algún impacto significativo sobre las familias debe ser evaluado por la Junta.