§ 53. Hogares estatales para niños—Trabajo educativo en los hogares

PR Laws tit. 8, § 53 (2018) (N/A)
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El trabajo educativo en los hogares estatales para niños continuará bajo la supervisión del Secretario de Educación de Puerto Rico, y todos los maestros empleados deberán poseer licencias para enseñar, debidamente expedidas por el Secretario de Educación de Puerto Rico y ser nombrados por éste, a propuesta del Secretario de la Familia de Puerto Rico.