§ 52. Hogares estatales para niños—Administración por la División de Bienestar Público
PR Laws tit. 8, § 52 (2018) (N/A)
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La División de Bienestar Público adscrita al Departamento de la Familia asumirá todas las facultades, deberes y obligaciones relacionadas con el gobierno y administración de dichas instituciones.