§ 548. Procedimiento para determinar la filiación

PR Laws tit. 8, § 548 (2018) (N/A)
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(a) Un tribunal de Puerto Rico podrá servir como tribunal iniciador o recurrido en un procedimiento iniciado bajo este capítulo o una ley sustancialmente similar a éste, la Ley Uniforme Federal de Reciprocidad para la Ejecución de Obligaciones sobre Alimentos (Uniform Reciprocal Enforcement of Support Act) o la Ley Uniforme Federal Revisada de la Reciprocidad para la Ejecución de Obligaciones sobre Alimentos (Revised Uniform Reciprocal Enforcement of Support Act) para determinar si el peticionario es el padre o madre de un menor en particular o determinar que el demandado es el padre o madre de ese menor.

(b) En un procedimiento para determinar la filiación, un tribunal recurrido de Puerto Rico deberá aplicar la Ley Uniforme Federal sobre la Filiación, (Uniform Parentage Act), el derecho sustantivo y procesal de Puerto Rico y las reglas de Puerto Rico para determinar el derecho aplicable.