§ 37. Descripción

PR Laws tit. 8, § 37 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Se entenderá por centros de cuidado diurno el área designada dentro de la planta física o a una distancia razonablemente cercana del lugar de trabajo del usuario de los servicios, debidamente habilitada y acreditada por las autoridades pertinentes para el cuidado de niños de edad pre-escolar.