§ 184. Recibo, depósito y desembolso de fondos; reglamentación
PR Laws tit. 8, § 184 (2018) (N/A)
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El Secretario de Hacienda queda facultado para establecer la reglamentación para recibo, depósito y desembolso del dinero que se obtenga de los productos vendidos en virtud de este capítulo.