§ 3070. Violaciones a la ley; responsabilidad; penalidades; multas

PR Laws tit. 7, § 3070 (2018) (N/A)
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(a) Acción civil compensatoria especial y expedita en caso de violar su obligación legal de honestidad, buena fe y trato justo para con el solicitante y prestatario de una hipoteca inversa. Las sanciones son unas discrecionales del juez y pudieran incluir, entre otras:

(1) Liberación del gravamen hipotecario.

(2) Liberación de los intereses.

(3) Triple indemnización por daños causados.

(b) Multas administrativas de hasta cincuenta mil dólares ($50,000) y de hasta el monto de la hipoteca inversa, objeto de la querella en caso de reincidencia.

(c) Suspensión de la licencia emitida por el Comisionado de Instituciones Financieras o la Corporación para la Supervisión y Seguros de Cooperativas de Puerto Rico.

(d) Toda institución financiera o persona, natural o jurídica, que viole las disposiciones de este capítulo, podrá estar sujeta a la acción penal correspondiente.