§ 1382c. Fondo de Mantenimiento Extraordinario—Comité Interagencial de Evaluación y Aprobación de Propuestas

PR Laws tit. 7, § 1382c (2018) (N/A)
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Se crea el Comité Interagencial de Evaluación y Aprobación de Propuestas de Mantenimiento Extraordinario que estará integrado por el Secretario de Estado, el Director de la Oficina de Gerencia y Presupuesto y el Presidente de la Junta de Planificación. El Secretario de Estado será el Presidente del Comité.

El Comité evaluará y aprobará o desaprobará las propuestas de los departamentos, agencias e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que interesen la utilización de los recursos del Fondo hacia la realización de obras de trabajos que cumplan con los requisitos de necesidades de mantenimiento extraordinario establecidos por las secs. 1382 et seq. de este título.

El Comité podrá adoptar aquellos reglamentos necesarios para la implantación de las secs. 1382 et seq. de este título incluyendo los requisitos, procedimientos y formalidades a ser observadas por aquellas entidades públicas que presenten propuestas ante el Comité.

Las propuestas sometidas ante el Comité por departamentos, agencias e instrumentalidades del Estado Libre Asociado de Puerto Rico así como los donativos de personas y entidades y cualquier condición de uso específico que las acompañen, se considerarán documentos públicos.

Luego de evaluada la propuesta en su conjunto, el Comité procederá a aprobarla por unanimidad como una necesidad extraordinaria de mantenimiento que cumpla con los propósitos de las secs. 1382 et seq. de este título y que cualifique para recibir dineros del Fondo y autorizará el desembolso de los dineros aprobados o desaprobarla como una propuesta que no cumple con los propósitos y requisitos de dichas secciones.