§ 553. Propósito público; exenciones contributivas; aportación al Fondo General

PR Laws tit. 7, § 553 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Por la presente se determina y declara que el propósito para el cual se crea el Banco es el de ayudar al Estado Libre Asociado de Puerto Rico en el desempeño de sus deberes fiscales, y para realizar con mayor eficacia sus responsabilidades gubernamentales de fomentar la economía de Puerto Rico, y especialmente su industrialización, y que es finalidad pública en todo respecto para beneficio del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y que, por consiguiente, al Banco no se le exigirá el pago de ningún impuesto o tributo sobre ningún bien adquirido o que se adquiera por dicho Banco, o sobre sus operaciones, o actividades, o sobre los ingresos recibidos por concepto de cualquiera de sus operaciones o actividades. Para facilitar la obtención de fondos por el Banco y para que el mismo pueda cumplir sus referidos propósitos, todos los bonos, pagarés, obligaciones hipotecarias u otras obligaciones del Banco, y el ingreso por concepto de los mismos, estarán exentos del pago de cualquiera contribución sobre ingresos. Las deudas u obligaciones del Banco no serán deudas u obligaciones del Estado Libre Asociado de Puerto Rico ni de ninguno de los municipios u otras subdivisiones políticas de Puerto Rico y ni el Estado Libre Asociado de Puerto Rico ni ninguno de dichos municipios o subdivisiones políticas será responsable por las mismas.

A partir del año fiscal iniciado el 1ro de julio de 2000 y terminado el 30 de junio de 2001, el Banco podrá aportar anualmente al Fondo General del Estado Libre Asociado de Puerto Rico hasta el diez por ciento (10%) del ingreso neto del año fiscal anterior o la suma de diez millones de dólares ($10,000,000), lo que sea mayor. Dicha aportación podrá ser realizada el día primero de cada año fiscal, entiéndase el 1ro de julio de cada año. No obstante, el cómputo del diez por ciento (10%) deberá ser revisado una vez se presenten los estados financieros auditados, y de existir alguna diferencia, se realizará el ajuste correspondiente.