§ 268. Venta de propiedad ejecutada

PR Laws tit. 7, § 268 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

En caso que el producto de la venta de una propiedad ejecutada resulte mayor que la responsabilidad cubierta por la Agencia, mediante el pago de seguro, dicho exceso debe depositarse por la Agencia a la cuenta del Fondo de Reserva de Hipotecas Aseguradas.