§ 261. Creación

PR Laws tit. 7, § 261 (2018) (N/A)
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(1) Primas cobradas por concepto del seguro de hipotecas;

(2) cargos por concepto de emisión o prórrogas de promesas de asegurabilidad;

(3) intereses devengados por el propio Fondo de Reserva de Hipotecas Aseguradas;

(4) fondos que le asigne la Agencia a los fines de mantener el Fondo Reserva de Hipotecas Aseguradas al nivel requerido por el Reglamento para Seguro de Garantía de Hipotecas para asegurar su solvencia;

(5) el producto restante de la venta de propiedades adquiridas por la Agencia mediante la ejecución de hipotecas aseguradas por la Agencia;

(6) asignaciones legislativas del Fondo General del Tesoro de Puerto Rico o de cualquier otra fuente aprobada por la Asamblea Legislativa;

(7) asignaciones del Fondo de Estímulo Económico de Puerto Rico, o

(8) cualquier otro cargo que la Agencia establezca para esos propósitos.