§ 3073. Plan estratégico

PR Laws tit. 5, § 3073 (2018) (N/A)
Copy with citation
Copy as parenthetical citation

Se dispone que el Departamento de Agricultura elabore, no más tarde del 1ro de marzo de 2013, un Plan Estratégico para la promoción agro-económica de la región central, con el fin de definir las fortalezas, debilidades, oportunidades y retos que enfrentan los municipios de la región. Dicho Plan será sometido al Gobernador de Puerto Rico, así como a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, por medios de sus Secretarías, y a los alcaldes de los municipios impactados por las disposiciones de este capítulo, a fin de que éstos puedan expresar sus comentarios, sugerencias y recomendaciones. Sometido el Plan a las entidades antes mencionadas, éstas tendrán un término no mayor de sesenta (60) días para devolver sus comentarios, sugerencias y recomendaciones. Si culminado dicho término, el Departamento de Agricultura no recibe los mismos, el Plan se dará por aceptado y terminado el proceso de elaboración. De surgir comentarios, sugerencias y recomendaciones como parte de este proceso, el Departamento de Agricultura sopesará los mismos y determinará su validez y necesidad de inclusión, de así entenderlo propio.

Disponiéndose, que el referido Plan Estratégico a ser diseñado tomará en cuenta los planes de ordenamiento territorial de los municipios.