El Fondo será administrado por una Junta Administrativa de la cual formará parte el Administrador como miembro ex officio, así como dos (2) representantes de los importadores, 3 representantes de los productores, de los cuales uno (1) representará a los pequeños agricultores, y un (1) representante del interés público. Una vez constituida la Junta Administrativa, ésta nombrará al Presidente de la misma.
Inicialmente se nombrarán tres (3) miembros de la Junta por un término de dos (2) años cada uno. Los restantes tres (3) miembros serán nombrados por un término de tres (3) años. Los nombramientos subsiguientes se harán por un término de tres (3) años cada uno. Los miembros de la Junta ocuparán sus cargos hasta que sus sucesores sean nombrados y tomen posesión del cargo. Los miembros de la Junta serán nombrados por el Secretario de Agricultura; los representantes de los productores serán escogidos de [una lista] de cinco (5) que someterá el presidente de la Asociación de Agricultores. Los representantes de los importadores serán escogidos de [una lista] de tres (3) que someterá el presidente de la Asociación de Importadores al Secretario de Agricultura.
Ningún miembro podrá servir como tal por más de dos (2) términos consecutivos, exceptuándose al Administrador de la Oficina de la Reglamentación de la Carne de Res. Los miembros de la Junta no recibirán remuneración o compensación alguna por el desempeño de sus funciones, pero aquellos que no sean funcionarios o empleados públicos tendrán derecho a que se les reembolse una dieta de cincuenta dólares ($50) por cada día en que desempeñen funciones y tareas del cargo.
La Junta Administrativa del Fondo tendrá poderes para aprobar sus propios reglamentos y establecer los procedimientos internos necesarios para su adecuado funcionamiento.