§ 1662. Manejo de emergencias

PR Laws tit. 5, § 1662 (2018) (N/A)
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Cuando un animal se encuentre en una situación de emergencia, será responsabilidad del municipio donde se encuentre el animal proveer la ayuda necesaria y adecuada a la Policía y al personal de la agencia gubernamental y/o privada que intervengan con la emergencia. Todo municipio queda obligado a desarrollar un plan de manejo para casos de emergencia, de recogido y protección, relacionado a los animales, so pena de no proveerles o cancelarles fondos provenientes de la Oficina Estatal de Control de Animales. Tal plan de manejo deberá ser redactado en un período de un (1) año a partir de la vigencia de esta ley.