§ 1570. Organización de campo

PR Laws tit. 5, § 1570 (2018) (N/A)
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Los programas que se establezcan en este capítulo se pondrán en vigor mediante una organización de campo que presente la necesaria coordinación entre las distintas agencias agrícolas del país y que permita y facilite la atención directa a los problemas de cada agricultor.