§ 1112. Suspensión de resoluciones u órdenes administrativas

PR Laws tit. 5, § 1112 (2018) (N/A)
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El Administrador podrá dejar sin efecto una orden administrativa o resolución suya previa conclusión que la misma obstruye o no tiende a poner en efecto la política pública y los fines de las secs. 1092 a 1118 de este título. Podrá asimismo dejar en suspenso tal orden o resolución hasta que la misma sea necesaria para efectuar la política pública y los fines de dichas secciones.