§ 59. Programa sobre Ganado Lechero—Fondo rotativo

PR Laws tit. 5, § 59 (2018) (N/A)
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Se crea un fondo rotativo en el Departamento de Agricultura de Puerto Rico con una asignación de cien mil dólares ($100,000), la que por la presente se asigna de cualesquiera fondos no comprometidos del Tesoro Estatal, para desarrollar y llevar a cabo los propósitos de las secs. 58 a 64 de este título.