§ 792. Reglamentación de antígeno y vacuna—Permisos a compradores

PR Laws tit. 5, § 792 (2018) (N/A)
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Cualquier persona, natural o jurídica, que desee comprar antígeno de brucella abortus y/o vacuna contra la brucelosis (enfermedad de Bang o aborto contagioso) en Puerto Rico, deberá presentar su solicitud al Secretario de Salud y el permiso será autorizado por dicho Secretario si lo creyere justificado.