§ 678. Area incluida en lugar infectado—Terminación de condición

PR Laws tit. 5, § 678 (2018) (N/A)
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A petición de un inspector u otro funcionario, podrá en cualquier tiempo el Secretario mediante una orden, declarar libre de enfermedad infecciosa o contagiosa cualquier sitio, y desde ese momento y a partir de la fecha especificada en dicha orden, dejará de considerarse el respectivo sitio como lugar infectado.