§ 613b. Importación de suelo, tierra o arena, prohibición

PR Laws tit. 5, § 613b (2018) (N/A)
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Se prohíbe introducir en Puerto Rico desde cualquier sitio fuera de aquél, suelo, tierra, arena o cualquier material similar, si no es mediante permiso otorgado por el Secretario, y de acuerdo con las condiciones que éste prescriba.

El Secretario podrá negarse a expedir un permiso o podrá suspender algún permiso que hubiere expedido para introducir cualesquiera de los materiales antes mencionados cuando tal introducción ofrezca algún riesgo de propagación de plagas de las plantas en Puerto Rico.