§ 353. Préstamos para ranchos de curar tabaco

PR Laws tit. 5, § 353 (2018) (N/A)
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Se asigna al Departamento de Agricultura de Puerto Rico la cantidad de cincuenta mil dólares ($50,000), con cargo a los fondos no comprometidos del Tesoro estadual para otorgar préstamos para la construcción, ampliación, mejora y/o reparación de ranchos para curar tabaco. Serán elegibles para dichos préstamos los agricultores que tengan cuotas individuales de producción y mercadeo de tabaco. De esta cantidad se podrán usar los fondos necesarios para sufragar los gastos de funcionamiento.