§ 4628. Cuentas operacionales y de reserva

PR Laws tit. 5, § 4628 (2018) (N/A)
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Toda cooperativa organizada bajo este capítulo establecerá y mantendrá cuentas operacionales y de reserva incluyendo la que podrá ser utilizada para gastos relacionados con la adquisición de unidades de vivienda, según establecido en este capítulo, así como gastos extraordinarios acordados por la asamblea de socios titulares. En estas cuentas se depositarán los por cientos de las cuotas de mantenimiento y otros ingresos según las fórmulas establecidas en el reglamento general. Todo ingreso generado por la cooperativa, incluyendo por la venta de unidades de vivienda por parte de la cooperativa y por operación de comercios, deberá ser depositado en estas cuentas. En el reglamento general se establecerán las provisiones pertinentes para el uso de fondos en las operaciones administrativas y financieras correspondientes incluyendo fondos operacionales, depósitos e inversiones de manera cónsona con la libertad y flexibilidad operacional de las cooperativas. Se proveerá para un procedimiento para gestionar ante la entidad reguladora correspondiente los cambios y variaciones en los por cientos y fórmulas que sean necesarios y razonables para la adecuada operación, desarrollo y evolución de las cooperativas.