§ 4623. Reglamento general—Adopción y contenido

PR Laws tit. 5, § 4623 (2018) (N/A)
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La Administración de Fomento Cooperativo, en consulta con la Liga de Cooperativas, promoverán la creación de cooperativas de vivienda sometidas a este régimen y de común acuerdo elaborarán el reglamento necesario para dicho propósito. Este reglamento que se denomina “reglamento general”, establecerá todo lo que sea mandatorio a todas las cooperativas sometidas a este régimen. Dispondrá una guía sobre la manera en que se distribuirán entre los socios las aportaciones mandatorias, incluyendo acciones y cuotas, a los gastos de los elementos comunes y las unidades de vivienda, la capitalización y conservación de los haberes cooperativos, excepciones a las restricciones de la tenencia de mascotas, determinará las reglas sobre aviso y celebración de asambleas, quórum y la definición de mayoría, establecerá los por cientos de aprobación requeridos para aprobar los diferentes asuntos, determinará las reglas para el uso y asignación de los estacionamientos, el control de acceso, vigilancia y seguridad, consejería y trabajo social, lo referente a los seguros mandatorios, actividades recreativas y culturales, estándares de calidad, inspecciones físicas en el inmueble, tanto en áreas comunes, como privadas cuando sean necesarias para la seguridad y la reparación de áreas comunes, e incluirá un plan de educación a la comunidad, en el que se incluirán las implicaciones legales del régimen.

Atenderá también los parámetros que se seguirán en la contratación de los administradores incluyendo su cualificación y certificación. Establecerá las reservas que sean necesarias para el buen funcionamiento y la solidez económica de este régimen en particular, además de las ya establecidas en este capítulo, los mecanismos para asegurar que la oferta de compraventa de terceros sean de naturaleza bona fide y razonable, la fórmula para determinar los cargos a cobrar cuando la unidad de vivienda se adquiere por la cooperativa, la fórmula para determinar el porcentaje de las cuotas de mantenimiento asignado a la reserva para adquisición de unidades de vivienda por la cooperativa, las normas referentes a regular los gravámenes sobre las unidades de vivienda. El “reglamento general” cubrirá aquellos aspectos, con relación a las restricciones al dominio, incluyendo su transferencia, gravámenes permitidos, procedimiento de quejas y resolución de conflictos, morosidad, las normas de conducta y su procedimiento adjudicativo que no estén señaladas en este capítulo y que no afecten en los derechos constitucionales de las partes. Dispondrá sobre los derechos que puedan tener herederos, cónyuges supérstites o ex cónyuges en caso de muerte o divorcio del socio, incluyendo los casos de relaciones consensuales en las que se establezca una comunidad de bienes. También establecerá normas sobre cualesquiera otros asuntos que sean necesarios para la implantación de este capítulo.

Este reglamento contendrá el modelo de escritura matriz y de escritura individual que las cooperativas deberán utilizar como fundamento para sus escrituras constitutivas. Los reglamentos internos de las cooperativas serán conformes a este reglamento general y cualquier disposición en contrario será nula. La adopción de este reglamento se hará de acuerdo a las disposiciones de las secs. 2101 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme”.