§ 4563. Reclamación ante síndicos

PR Laws tit. 5, § 4563 (2018) (N/A)
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Cualquier socio o persona afectada que tenga una reclamación contra la cooperativa deberá establecer la reclamación ante la junta de síndicos dentro de los tres (3) meses siguientes a la publicación del aviso de disolución.