Dentro del término de diez (10) días siguientes a la fecha en que se le notifique su separación, el socio separado o expulsado podrá requerirle a la Junta que incluya su caso en la próxima asamblea general de socios, para que dicha asamblea revise el caso y decida sobre el mismo. El socio podrá comparecer acompañado de abogado. En caso de que la cooperativa esté organizada por distritos será incluido en la asamblea de delegados.
El socio que entienda que ha sido expulsado injustamente y que el lapso de tiempo a la próxima asamblea le puede causar daño irreparable, puede radicar una petición de revisión ante la Oficina del Inspector de Cooperativas, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que se le notifique su separación. La petición de revisión ante el Inspector no dejará sin efecto la decisión de la Junta.