§ 4412. Objeciones legales

PR Laws tit. 5, § 4412 (2018) (N/A)
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La Administración de Fomento Cooperativo podrá negarse a someter las cláusulas para su registro cuando el grupo interesado en organizar la cooperativa no cumple con los requisitos que dispone la ley, siempre que, dentro del término establecido notifique a las personas interesadas de las deficiencias encontradas y exponga las razones de su negativa.