§ 2156. Competencia concurrente

PR Laws tit. 4, § 2156 (2018) (N/A)
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La competencia en sede notarial en los asuntos a que se refiere la sec. 2155 de este título será concurrente con la ejercida por los tribunales. El peticionario tendrá la opción de presentar el asunto ante el notario o ante el tribunal, según lo estime conveniente.