A los fines de implantar la política pública y las disposiciones contenidas en este capítulo, el Departamento de Corrección y Rehabilitación y las administraciones adscritas al mismo diseñará e implantará estrategias para la detección, rastreo y desactivación de equipos celulares o de telecomunicaciones no autorizados dentro de las instituciones, sus predios y su perímetro inmediato. El Departamento deberá iniciar contacto con entidades con peritaje en la materia dirigido a estudiar la viabilidad, estimar el costo e iniciar los trámites para establecer, en o antes del 1ro. de julio de 2019 un sistema de acceso controlado, conocido como Managed Access para impedir comunicaciones no autorizadas permitiendo comunicaciones celulares legítimas y de emergencia dentro de las instituciones, sus predios y perímetro y crear un programa de trabajo para esos fines. A tales fines, el Departamento y las administraciones estarán facultados a entablar acuerdos colaborativos con entidades públicas estatales o federales, instituciones académicas, organizaciones profesionales y entidades privadas con y sin fines de lucro para la evaluación de propuestas, estudios de viabilidad, cotizaciones, planes piloto, diseños e implantaciones, adquisición e instalación y para la obtención de recursos disponibles de cualquier fuente incluyendo el uso de alianzas público-privadas, para dicho tipo de proyecto.
Se autoriza al Departamento y las administraciones a realizar aquellas gestiones que fueren necesarias ante las entidades federales y estatales reglamentadoras de las comunicaciones, a los fines de consultar sobre la aplicabilidad bajo las leyes y reglamentos vigentes, y de así permitirse diseñar o iniciar experimentos, pruebas de viabilidad o programas piloto para la instalación de un sistema de bloqueo o interferencia de la señal celular dentro de estructuras o perímetros de una o más instituciones, hasta donde lo permitan las leyes y reglamentos vigentes o que puedan aprobarse en el futuro.