§ 670. Penalidad por no suministrar información; datos falsos

PR Laws tit. 4, § 670 (2018) (N/A)
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Cualquier funcionario que rehúse o descuide emitir los informes que se le pidan por el Director de Estadísticas sobre hechos relacionados con ese servicio, así como todo funcionario o persona que voluntariamente consigne un dato falso en los modelos que se le envíen o los informes que de él se soliciten, será culpable de delito menos grave (misdemeanor).