(a) La notificación al Registro de Testamentos dispuesta en la sec. 2123 de este título contendrá la siguiente información bajo la fe, firma y sello del notario:
(1) Número y título del instrumento,
(2) fecha y hora del otorgamiento,
(3) lugar del otorgamiento,
(4) nombre y apellido o apellidos y circunstancias personales del testador,
(5) nombre y apellido o apellidos y circunstancias personales de los testigos.
(6) De surgir del instrumento:
(a) Otros nombres y apellidos por los que es conocido el testador,
(b) nombre del padre y de la madre del testador, de haber sido expresado en el instrumento.
(b) En los casos de revocación, modificación o ampliación de testamento, la notificación deberá contener, además, la siguiente información sobre la escritura afectada:
(1) Su numero y fecha,
(2) nombre del notario autorizante.
(c) Cuando la notificación trate sobre la protocolización de un testamento otorgado fuera de Puerto Rico deberá incluir además, cuando fuere aplicable, la información siguiente:
(1) Fecha y lugar de su otorgamiento,
(2) nombre del notario que legitimó el instrumento o funcionario que intervino,
(3) nombre del funcionario que legalizó la firma del notario o funcionario que intervino, así como la fecha de la legalización.
(d) Cuando la notificación trate sobre la protocolización de testamento ológrafo o cerrado deberá incluir, además:
(1) El nombre y apellido o apellidos, así como las circunstancias personales del compareciente en el acta de protocolización,
(2) el número y la sala del tribunal que atendió el caso,
(3) la fecha de la resolución que ordena la protocolización,
(4) el nombre del juez que firmó la resolución que ordena la protocolización.