Regla 102. Documentación; manifestaciones bajo juramento; información requerida

PR Laws tit. 4A, § 102 (2018) (N/A)
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(A) La persona requirente deberá presentar al notario, además de cualquier otra prueba documental que éste le requiera, la siguiente documentación:

(1) Original del testamento ológrafo;

(2) certificado de defunción de la persona causante;

(3) certificado de nacimiento de la persona causante, y

(4) certificación del Registro de Testamentos.

(B) La persona requirente le manifestará al notario, bajo juramento, que según su mejor saber y entender, el testamento ológrafo presentado es el último que redactó de puño y letra la persona causante.

(C) La persona requirente proveerá, además, la siguiente información:

(1) Los nombres y apellidos, y las direcciones de las siguientes personas:

(i) Del cónyuge sobreviviente, si aplicase,

(ii) de los descendientes y ascendientes de la persona causante, o

(iii) en defecto de descendientes y ascendientes, de los parientes colaterales en grado más cercano.

(2) Los nombres y apellidos, y las direcciones de tres (3) personas que conozcan la letra y firma de la persona causante, pudiéndose llenar tal requisito, en todo o en parte, con personas incluidas en el inciso (C)(1).