Regla 3. Organización y sello

PR Laws tit. 4A, § 3 (2018) (N/A)
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(A) Este tribunal intermedio apelativo se conocerá como el Tribunal de Apelaciones, se compondrá del número de jueces y juezas dispuesto por ley, su sede y su Secretaría estarán en la ciudad de San Juan y se organizará conforme lo dispuesto por ley y este reglamento.

(B) El sello del Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico será similar al adoptado para el Tribunal Supremo, sustituyéndose el nombre de éste por el de aquél.