Regla 32. Desistimiento y desestimación

PR Laws tit. 4A, § 32 (2018) (N/A)
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(a) La parte promovente de un recurso podrá presentar en cualquier momento una moción de desistimiento.

(b) Cualquier parte puede solicitar mediante una moción la desestimación de cualquier recurso por los motivos siguientes:

(1) Que este tribunal carece de jurisdicción para considerarlo;

(2) que no ha sido perfeccionado de acuerdo con la ley;

(3) que no se ha proseguido con la diligencia debida o de buena fe;

(4) que el recurso es frívolo, o

(5) que el recurso se ha convertido en académico.

(c) En casos de jurisdicción original, las mociones de desistimiento y desestimación se regirán por la Regla 39 de Procedimiento Civil, Ap. V del Título 32.

(d) El tribunal tendrá facultad para desestimar a iniciativa propia cualquier recurso por los motivos consignados en el inciso (b) precedente.